Documentación necesaria para vender una vivienda en Alicante
Para vender una vivienda en Alicante necesitas, como mínimo, tu DNI o NIE, la escritura de propiedad, una nota simple reciente, el último recibo del IBI, el certificado de la comunidad de estar al corriente, el certificado energético, la cédula de habitabilidad o licencia de segunda ocupación, el certificado de deuda pendiente si hay hipoteca y los últimos recibos de suministros. Reunirlo todo antes de publicar evita sorpresas en las arras y retrasos en la notaría.
Checklist completo del vendedor
| Documento | Para qué sirve | Dónde se consigue |
|---|---|---|
| DNI / NIE de todos los titulares | Identificación en arras y notaría | — |
| Escritura de propiedad | Acredita cómo adquiriste la vivienda | Notaría donde se firmó |
| Nota simple reciente | Titularidad y cargas a día de hoy | Registro de la Propiedad |
| Último recibo del IBI | Referencia catastral y que está al corriente | Suma / ayuntamiento |
| Certificado de la comunidad | Que no hay deudas con la comunidad | Administrador de fincas |
| Certificado de eficiencia energética | Obligatorio para anunciar y vender | Técnico habilitado |
| Cédula / licencia de 2ª ocupación | Habitabilidad; necesaria para suministros | Ayuntamiento, con técnico |
| Certificado de deuda pendiente | Cancelar la hipoteca en la firma | Tu banco |
| Últimos recibos de suministros | Cambio de titularidad de luz, agua y gas | Compañías |
Si la vivienda tiene plaza de garaje o trastero con finca registral propia, cada uno necesita su nota simple y su IBI.
¿Por qué cada documento?
DNI o NIE
El notario identifica a todos los titulares. Si uno de ellos no puede acudir, hará falta un poder notarial. Si hay un titular fallecido, antes hay que tramitar la herencia.
Escritura y nota simple: no son lo mismo
La escritura es el documento que firmaste ante notario al comprar o heredar. Es tu título. Pero refleja la situación de aquel día.
La nota simple es un extracto del Registro de la Propiedad con la situación actual: quién es titular, descripción de la finca, superficie registral y cargas vigentes (hipotecas, embargos, servidumbres). Caduca en la práctica a los pocos meses, por eso se pide una reciente al inicio y otra justo antes de la firma. La nota simple es lo que mira el comprador, su banco y el notario.
Es habitual que la nota simple revele cosas que el propietario no recordaba: una hipoteca ya pagada pero no cancelada, una superficie distinta a la del Catastro o un titular que falta por inscribir.
Recibo del IBI
Demuestra que el impuesto está al corriente y contiene la referencia catastral, necesaria para la escritura. También sirve para comprobar que la superficie de Catastro coincide con la del Registro; si no coincide, conviene aclararlo antes.
Certificado de la comunidad
El administrador certifica que la vivienda está al corriente de cuotas y derramas. El notario lo exige por ley, salvo que el comprador renuncie expresamente. Si hay una derrama aprobada y pendiente, hay que pactar quién la asume.
Certificado de eficiencia energética
Obligatorio para publicar el anuncio (la etiqueta debe aparecer) y para firmar. Lo emite un arquitecto, aparejador o ingeniero habilitado y se registra en la Generalitat Valenciana. Tiene una validez de diez años.
Cédula de habitabilidad o licencia de segunda ocupación
En la Comunitat Valenciana la vivienda necesita licencia de segunda ocupación en vigor para la venta y para que el comprador pueda contratar suministros. Si está caducada o nunca se renovó, un técnico emite un certificado y el ayuntamiento concede la licencia. En viviendas antiguas de San Juan de Alicante o Playa de San Juan es uno de los trámites que más suele faltar.
Certificado de deuda pendiente
Si queda hipoteca, el banco emite un certificado con el importe exacto a fecha de firma. Con él, el comprador paga directamente al banco esa parte y el resto a ti. Pídelo con tiempo: algunos bancos tardan.
Recibos de suministros
Permiten al comprador cambiar la titularidad sin cortes y comprobar que no hay deudas pendientes.
Documentos adicionales según el caso
- Herencia: escritura de aceptación de herencia inscrita y liquidación de Sucesiones.
- Separación o divorcio: sentencia o convenio que adjudica la vivienda.
- Vivienda alquilada: contrato en vigor; el inquilino puede tener derecho de adquisición preferente.
- Vivienda de protección oficial: comprobar si sigue sometida a precio máximo o autorización.
- Propietario no residente: NIE, certificado de residencia fiscal y, en su caso, representante.
- Obras realizadas: licencia o declaración de obra si cambiaste la distribución o la superficie.
¿Cuándo prepararlo?
Antes de publicar. La nota simple y el certificado energético son imprescindibles desde el primer día; el resto conviene tenerlo listo para las arras. En nuestra experiencia, una vivienda con la documentación revisada se vende con menos incidencias y menos renegociaciones de última hora.
Errores frecuentes
- Anunciar sin certificado energético. Es obligatorio y puede sancionarse.
- Fiarse de la escritura antigua. Solo la nota simple muestra las cargas de hoy.
- Descubrir en notaría que la cédula está caducada. Renovarla lleva semanas.
- No pedir el certificado de deuda hasta la semana de la firma.
- Olvidar al cotitular ausente. Hace falta poder o presencia de todos.
Fuentes
- Colegio de Registradores de España: nota simple informativa.
- Generalitat Valenciana: registro de certificados de eficiencia energética y licencia de segunda ocupación.
- Sede Electrónica del Catastro: consulta de referencia catastral.
Revisado por New House Alicante · noviembre de 2026
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